- Se suspende la apertura al público de todos los establecimientos comerciales minoristas, con las siguientes excepciones (Se consideran esenciales, establecimientos de:
- Minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Servicios sociales y sociosanitarios.
- Farmacias.
- Parafarmacia.
- Centros o clínicas veterinarias.
- Mercados de abastos.
- Ópticas y productos ortopédicos.
- Productos higiénicos.
- Servicios profesionales y financieros.
- Prensa, librería y papelería.
- Floristería, Plantas y Semillería.
- Venta de combustible.
- Talleres mecánicos.
- Servicios de reparación y material de construcción.
- Estaciones de inspección técnica de vehículos.
- Ferreterías, Electrodomésticos
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
- Estancos.
- Servicios de entrega a domicilio.
- Alimentos para animales de compañía.
- Lavanderías.
- Tintorerías, peluquerías
- Empleados del hogar.
- Mercadillos (solo puestos que se dedican a alguna actividad del cuadro)
- Alquiler de vehículos
- Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física a excepción de aquellas que sean al aire libre y sin contacto.
- Se suspende las celebraciones de entrenamientos, competiciones y eventos deportivos NO FEDERADOS de cualquier categoría.
- Se suspende las celebraciones de entrenamientos, competiciones y eventos deportivos FEDERADOS, a excepción de la categoría absoluta.
- Se permite la practica de la actividad deportiva oficial federada, que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables a aquélla.
- Se suspenden todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas. A excepción de:
- Servicios de entrega a domicilio, recogida en establecimiento, entrega de comida de carácter social o benéfico.
- Los restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos (solo abiertos para clientes)
- Servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, comedores escolares y comedores sociales.
- Servicios de restauración en centros de formación y en centros de trabajo destinados a las personas que allí trabajan.
- Servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible.
- Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores.
- Se suspende la celebración de manera presencial de congresos, conferencias, reuniones de negocios, reuniones profesionales, seminarios, reuniones de comunidades de propietarios y eventos similares.
- Se suspende la celebración presencial de espectáculos públicos, actividades recreativas y culturales.
- Se suspende la actividad en todos los establecimientos de juegos recreativos o azar.
- Se suspende la apertura al público de museos, cines, teatros y en general de todos aquellos establecimientos o actividades cuyo fin sea el esparcimiento, ocio recreo o diversión.
- Se suspende la apertura de peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o similares.
- Se suspenden todas las actividades educativas ambientales, visitas o actividades guiadas a zonas naturales.
Medias en centros docentes
- Se mantiene la actividad docente no universitaria de manera presencial, incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.
- Se mantiene la actividad presencial en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares.
Medidas actividades Religiosas
- Los entierros y ceremonias fúnebres se permiten hasta las 18:00 h
- Los velatorios pueden llevarse a cabo después de las 18:00 h. El aforo será de 6 personas en el interior y 15 si es en el exterior.
- Las ceremonias civiles y religiosas se podrán celebrar hasta las 18:00 h. Aforo del 30%.
- Se suspende la actividad de los salones de celebraciones.
Medidas en Transporte público
- Se permite el desplazamiento en trasporte público, siempre y cuando se establezca un asiento de separación entre viajeros (excepto convivientes) y el 50% del aforo de pasajeros que puedan viajar en pie.
- Se permite el desplazamiento en transporte privado siempre y cuando haya dos personas por fila de asientos, sin ocupar el del copiloto (excepto convivientes)
El toque de queda en la ciudad será de 22:00 h a 06:00 hs. Excepciones al toque de queda:
- Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Retorno al lugar de residencia tras realizar algunas de las actividades habituales previstas en este apartado.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
- Actividades en lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Reparto de comida a domicilio. Particulares y empresas de reparto podrán recoger pedidos en bares y restaurantes hasta las 21.30 horas para consumir en casa, encargos por teléfono hasta 22.30 y entrega a domicilio hasta 23.30 horas.