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Listas de admitidos en las guarderías municipales y nuevo plazo para 22 plazas de niños nacidos en 2005

Actualidad municipal Visto 48429 veces cultura y ensenanza
La delegación municipal de Enseñanza comunica que, reunida la Comisión de Valoración de solicitudes para las guarderías municipales con el fin de resolver las alegaciones presentadas a la lista de valoración provisional, quedan expuestas las listas definitivas de niños y niñas admitidos así como las listas de espera. 

Los admitidos deben confirmar la matrícula los días 27 y 28 de julio en las guarderías de Las Albarizas y Las Chapas, y los días 1, 2 y 3 de agosto en la Guardería de El Pinar. Los horarios de matriculación serán entre las 09:00 y las 12:00 horas.

Se han ofertado 70 plazas para niños nacidos en el año 2006 y 56 plazas para niños nacidos en el año 2005. Se han cubierto todas las plazas de los niños nacidos en el 2006 y se ha confeccionado una lista de espera. Respecto a los niños/as nacidos en el año 2005, una vez aplicado el reglamento que exigía  el cumplimiento de sus requisitos a fecha de presentación de solicitud y los plazos otorgados en los requerimientos efectuados a los interesados para corregir las deficiencias de la misma, la Comisión de Valoración solo ha considerado que han cumplido los requisitos y los plazos legales 34 solicitudes de las 56 plazas ofertadas, por lo que  abre un  nuevo período de cinco días: 24, 25, 26, 27 y 28 de julio para  todos aquellos niños/as nacidos en el año 2005 que, reuniendo  los requisitos  exigidos, soliciten alguna de las 22 plazas vacantes.

Las solicitudes realizadas en el mes de abril y que han sido desestimadas por no cumplir los requisitos a fecha de presentación y que en el período de alegaciones han demostrado una situación actual distinta, serán tramitadas de oficio y valoradas junto a las nuevas solicitudes presentadas en este nuevo período.

En este caso las solicitudes serán revisadas previamente por la delegación municipal de Enseñanza a fin de corregir si presentan algún defecto de forma antes de presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. Los modelos de solicitud podrán retirarse en la delegación de Enseñanza, sita en la Plaza de Altamirano.

 

El acceso a las plazas estará sujeto al cumplimiento de los siguientes requisitos:
  1. Que todos los miembros de la familia estén empadronados en el municipio de Marbella, salvo en el caso de familias legalmente divorciadas, en cuyo caso el padre o la madre, deberá estar empadronado en Marbella.
  2. Que los niños/as para los que se solicita la plaza tengan la edad establecida.
  3. Que tanto el padre como la madre desarrollen una actividad laboral a tiempo completo o a tiempo parcial por un periodo semanal superior a dieciocho horas. Este requisito no será exigible cuando algún miembro de la familia,  se encuentre afectado por una enfermedad que por su duración, riesgo para la vida de la persona enferma o limitación de la capacidad, requiera el cuidado de una persona o tenga reconocido al menos el 55% del grado de minusvalía  y el padre o la madre que no desarrolle actividad laboral asuma directamente su cuidado.
  4. Que los ingresos brutos de todas las personas miembros de la familia correspondientes al periodo impositivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de solicitud de plaza no superen las limitaciones, en cómputo anual que señalen a continuación:

    a) Familias de 2 miembros: 4,8 Salario Mínimo Interprofesional (en adelante SMI).
    b) Familias de 3 miembros: 6 SMI.
    c) A partir del tercer miembro, se añadirá 1 SMI por cada nuevo miembro de la unidad familiar.
  5. A los efectos se considera como familia la madre y el padre de los niños/as y sus hermanos. Se considera padre y madre de los niños aquellos que aparezcan inscritos como tal en el libro de familia. No obstante aunque el padre no conviviera en el mismo domicilio se considera reconocidas sus obligaciones como tal.  Se considerarán también familia:

    a) las personas que convivan en el mismo domicilio que los niños solicitantes, siempre que éstos tengan relación de parentesco con el/la niño/a que solicite la plaza, hasta segundo grado, o justifiquen la tutoría legal de los mismos.

    b) Las personas que convivan en el mismo domicilio que los niños solicitantes por situación derivada de acogimiento familiar  permanente o preadoptivo.
  6. Los requisitos deberán cumplirse en la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, excepto el de la edad de los niños/as solicitantes que vendrá referido al 31 de Diciembre de ese año.
  7. Las madres, padres, tutores o representantes  legales de los niños, al  realizar su solicitud de plaza, deberán hacer constar en la solicitud el orden de preferencia de la guardería municipal que solicita. Si alguna de las casillas de las guarderías no es marcada, se entenderá como que desiste de solicitar la misma, y solo concursará para las que haya marcado. Se realizará así una única lista de admitidos para todas las guarderías en orden a su puntuación pasando a cubrir las plazas en relación a la posición por puntuación de la lista.

    Si tras esta segunda adjudicación continuaran existiendo plazas vacantes, en esta ocasión se mantendrá la lista abierta a todas aquellas personas que cumpliendo los requisitos exigidos soliciten plaza en orden a su fecha de presentación.