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Programa Marca Marbella - San Pedro Alcántara junior

Programa Marca Marbella

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Modo presentación: a través de la sede electrónica (registro municipal electrónico) del Excmo. Ayuntamiento de Marbella https://sede.malaga.es/marbella/

REQUISITOS

Podrán solicitar su inclusión en este programa aquellas entidades deportivas registradas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Marbella con deportistas en edades comprendidas hasta los 18 años y que participen en competiciones deportivas federadas durante el año en curso. Quedan excluidas aquellas entidades deportivas que hayan optado a participar en la Convocatoria de Subvención en Régimen de Concurrencia Competitiva del distrito de San Pedro Alcántara para clubes y asociaciones deportivas para el año 2021.

El cumplimiento de estas condiciones no supone su inclusión automática ni derecho alguno en el presente programa, ya que ésta dependerá de la presentación de la solicitud debidamente cumplimentada en plazo y forma a través del Registro municipal electrónico.

DOCUMENTACION A APORTAR:

Cada entidad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones generales de participación en la convocatoria:

a) Deberá presentar un Proyecto General único de la entidad para la temporada deportiva en curso en la que detalle el número de equipos y categorías en la que participan (competiciones federadas) durante la temporada deportiva en curso. En este proyecto se deberá indicar el C.I.F. de la entidad, datos y persona de contacto designada por ésta.

b) Acreditar el certificado de inscripción en las diferentes competiciones federadas para los deportes colectivos (fútbol, baloncesto, voleibol…) y el número de fichas federativas en vigor para los deportes individuales (atletismo, natación, triatlón…), siempre en referencia a la temporada en curso.

c) Acreditar una declaración jurada del Presidente de la entidad deportiva donde indique que la entidad posee en exclusividad los derechos de promoción, marketing y patrocinio sin tenerlos transferidos a un tercero.

OBLIGACIONES

El programa de patrocinio "marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR" se gestionará mediante acuerdos formalizados en contratos privados entre el Excmo. Ayuntamiento de Marbella/patrocinador y las respectivas entidades deportivas/patrocinadas que resulten admitidas e incluirá una serie de obligaciones a cumplir durante el periodo de duración del contrato. El periodo de duración de estos contratos será hasta el 30 de junio de 2024.

CONTRATO

Previo a la formalización del contrato privado con cada una de las entidades deportivas admitidas será necesario efectuar los trámites administrativos al objeto de dar cumplimiento a los procedimientos legales establecidos y que deberán culminar en la suscripción de un contrato que satisfaga a ambas partes con la finalidad de establecer las estipulaciones y condiciones de la prestación del servicio de patrocinio publicitario, en este caso y de forma general el contrato que se formalice recogerá los siguientes compromisos que a continuación se detallan:

OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD PATROCINADA

  • La entidad PATROCINADA se obliga a dar publicidad al PATROCINADOR en el grupo de patrocinadores oficiales del club, como mínimo al mismo nivel de visualización de las empresas patrocinadoras de mayor rango.
  • La entidad PATROCINADA proporcionará al PATROCINADOR información puntual sobre los acontecimientos de promoción y organización en relación a sus deportistas en las competiciones federadas programadas y relacionados con este contrato.
  • La entidad PATROCINADA se obliga a dar publicidad al PATROCINADOR, insertando la imagen del logo “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” en la parte delantera de la camiseta de competición a la altura del pecho, de un tamaño que ocupe la parte delantera de la camiseta de manera horizontal, según mejor detalle estético de la imagen del logo y lo suficientemente visible, y en el pantalón de competición en una de las piernas, en tamaño tipo escudo, según mejor detalle estético de la imagen del logo y lo suficientemente visible. Estos espacios publicitarios serán de exclusividad del PATROCINADOR (toda la parte delantera de camiseta de competición y la parte del pantalón de competición donde se insertará la publicidad, excepto el espacio del escudo del club y el logo de la marca proveedora de las equipaciones, si así estuviese diseñada). La entidad patrocinada deberá contar con la aceptación del diseño de toda la uniformidad en relación a la imagen de la marca “MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” contratada por el patrocinador.
  • La entidad PATROCINADA se obliga a dar publicidad al PATROCINADOR, insertando la imagen del logo “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” en la indumentaria de protocolo, paseo y/o eventos puntuales, indumentaria de viajes (chándals, polos/camisetas, bermudas, anoraks,…). Una unidad de logo en cada una de los elementos de dicha indumentaria, tamaño tipo logo según mejor detalle estético. La entidad patrocinada deberá contar con la aceptación del diseño de toda la uniformidad en relación a la imagen de la marca “MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” contratada por el patrocinador.
  • La entidad PATROCINADA se obliga a dar publicidad al PATROCINADOR con presencia del logo “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” en el photocall o soportes que se utilicen para las comunicaciones del club, ruedas de prensa y acciones de jugadores, cuerpo técnico y junta directiva, como mínimo al mismo nivel de visualización de las empresas patrocinadoras de mayor rango.
  • La entidad PATROCINADA incluirá el logo de la imagen de “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” en las publicaciones que la Patrocinada realice en todas sus de redes sociales relacionadas con las competiciones en las que participe mediante la inserción del logo en la fotografía de portada/cabecera de cada una de ellas.
  • La entidad PATROCINADA incluirá la imagen del logo “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR” en la página web de la entidad Patrocinada como patrocinador oficial, así como en todos los perfiles de la misma en las diferentes redes sociales del club mediante su inserción en la fotografía de portada/cabecera al mismo nivel de visualización de las empresas patrocinadoras de mayor rango.
  • La entidad PATROCINADA a requerimiento del PATROCINADOR realizará las gestiones oportunas para que miembros de la directiva, miembros del área técnica y en la medida lo posible integrantes de sus equipos participen en entrevistas, vídeos promocionales, reportajes o cualquier otra acción de comunicación que promueva el Excmo. Ayuntamiento de Marbella relacionada con la promoción deportiva o la difusión de este programa de patrocinio “marca MARBELLA-SAN PEDRO ALCÁNTARA JUNIOR”.
  • La entidad PATROCINADA se hará cargo de asumir todos los costes relacionados con la producción de todos los materiales, soportes y medios determinados para la publicidad de todos aquellos que sean necesarios para cumplir el objeto del contrato.
  • La entidad PATROCINADA deberá observar minuciosamente y cumplir cuantas disposiciones legales y/o reglamentarias y/o deportivas le resultaren de aplicación de lo contenido en el Decreto 195/2007, de 26 de junio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Carácter Ocasional y Extraordinario.
  • La entidad PATROCINADA deberá observar minuciosamente y cumplir cuantas disposiciones legales y/o reglamentarias y/o deportivas le resultaren de aplicación en lo contenido en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
  • La entidad PATROCINADA deberá observar minuciosamente y cumplir cuantas disposiciones legales y/o reglamentarias y/o deportivas le resultaren de aplicación en lo contenido en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  • La entidad PATROCINADA deberá observar minuciosamente y cumplir cuantas disposiciones legales y/o reglamentarias y/o deportivas le resultaren de aplicación en el Reino de España en materia publicitaria, y en particular las contenidas en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y todas aquellas que resultaren de aplicación a las inserciones publicitarias de bebidas alcohólicas en recintos deportivos.
  • La entidad PATROCINADA velará por que se cumpla la correcta asociación entre el nombre o imagen del patrocinador y el nombre o imagen del patrocinado.
  • La entidad PATROCINADA garantizará el pleno y pacífico ejercicio por parte del PATROCINADOR de los derechos que le son conferidos en virtud del presente documento.
  • La entidad deportiva patrocinada se hará cargo de asumir todos los costes relacionados con la producción de todos los materiales, soportes y medios determinados para la publicidad de todo aquello que sea necesarios para cumplir el objeto del contrato.

OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR

  • EL PATROCINADOR se abstendrá en general de asociar la imagen de sus marcas registradas y/o concertar y/o realizar promociones y/o campañas publicitarias y/o cualesquiera otras actividades análogas de forma conjunta con alguna entidad de naturaleza mercantil y/o civil, y, en particular, si como consecuencia de ello pudiera producirse una asociación de imagen entre éste, la entidad PATROCINADA y/o las deportistas participantes, sin la expresa y fehaciente autorización y/o aprobación de la entidad PATROCINADA, máxime si dicha asociación lesiona o pudiere lesionar los derechos que legítimamente ostentan quienes tienen la consideración de PATROCINADOR, de la entidad PATROCINADA, siendo el PATROCINADOR, en uno u otro caso, responsable exclusivo y directo de cuantos daños y perjuicios pudieren ocasionar el incumplimiento de dicha obligación, manteniendo indemne por tal concepto a la entidad PATROCINADA.
  • El PATROCINADOR entregará a la entidad PATROCINADA el soporte informático necesario para la producción de los elementos/materiales de publicidad de su marca. No obstante, la entidad PATROCINADA deberá recabar el visto bueno previo a cualquier acción o diseño publicitario relacionado con el PATROCINADOR.
  • EL PATROCINADOR garantizará el pleno y pacífico ejercicio de los derechos de la entidad PATROCINADA que le son conferidos en virtud del presente documento.

El importe de los contratos privados (precio de la licitación) que se formalicen con cada entidad se basarán en el resultado de los estudios de impacto mediático emitidos por una empresa especializada (contratada por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella) en los que se evaluará la repercusión económica de los impactos directos e indirectos de cada entidad. Para el abono del importe fijado en el contrato se establecerá un Plan de Pagos que será el resultado de dividir la cuantía total del contrato entre los meses de competición establecidos por las respectivas federaciones que determinan el calendario deportivo y por ende el periodo se corresponderá con el plazo de ejecución de la prestación de servicios contratados