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Acceso a usuarios corporativos

De conformidad con el Reglamento regulador del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (BOPMA de 16 de mayo de 2008), todas las entidades inscritas están obligadas a actualizar anualmente sus datos, con el objetivo de mantener un registro actualizado del tejido asociativo del municipio y mejorar la comunicación y la gestión municipal.

La actualización es obligatoria para todas las entidades inscritas. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo, a:

  • La declaración de inactividad de la entidad.
  • La baja en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
  • La pérdida de derechos ante el Ayuntamiento, como la cesión de espacios municipales, acceso a subvenciones, participación en órganos de participación ciudadana.

Plazo de presentación

El plazo para la actualización era hasta el 28 de febrero de 2026, habiéndose ampliado excepcionalmente hasta el 31 de marzo de 2026.

Documentación a presentar

Cada entidad deberá completar y aportar la siguiente documentación:

1. Formulario en sede electrónica

Disponible para su cumplimentación online, donde se solicitarán, entre otros, los siguientes datos:

  • Datos de contacto de la entidad
  • Datos del/de la representante legal
  • Fecha de celebración de la última Junta Directiva
  • Presupuesto anual del último ejercicio
  • Subvenciones recibidas durante el año 2025
  • Número de personas socias a 31 de diciembre de 2025
  • Edad promedio estimada de las personas socias
  • Asociaciones y/o federaciones a las que pertenece
  • Participación en órganos municipales de participación ciudadana
  • Número de personas voluntarias

2. Memoria de actividades 2025

Podrá:

  • Adjuntarse como documento, o
  • Cumplimentarse directamente en el formulario

3. Certificado de Junta Directiva

Certificado actualizado de la composición de la Junta Directiva, emitido por:

  • Registro de Asociaciones de Andalucía
  • Registro Nacional de Asociaciones
  • U otro órgano competente

Tramitación electrónica

La actualización deberá realizarse exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Marbella:

La solicitud deberá presentarse mediante:

  • Certificado digital de la entidad, o
  • Certificado digital de su representante legal

No se admitirán las presentadas a través del certificado digital de otras personas que no sea presidente/a o persona que ostente la representación legal de la misma.

Información y ayuda

Desde la Delegación de Participación Ciudadana quedamos a disposición de todas las entidades para ofrecer apoyo durante el proceso, con el objetivo de que ninguna quede fuera del Registro.

Para cualquier duda o aclaración, pueden contactar a través de los canales habituales del Ayuntamiento.

Documentos adjuntos
documento adjunto
DECRETO 2026 016 PR 2026 186 CR
Resolución Órgano Unipersonal
pdf693 kB17 / Marzo / 2026
documento adjunto
DECRETO 2026 3864 PR 2026 4475 CR
Resolución Órgano Unipersonal
pdf663 kB17 / Marzo / 2026