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Cancelación de eventos y espectáculos, cierre de establecimientos de ocio y seguros de enfermedad

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Cancelación de eventos y espectáculos

Ante la cancelación de eventos y espectáculos debida a la expansión del coronavirus, la empresa organizadora debe ofrecer la devolución del importe íntegro pagado. Las oportunas reclamaciones deberán hacerse ante las entidades organizadoras de tales eventos y no ante las posibles entidades intermediarias que hayan podido vender las entradas.

Puede suceder que la empresa organizadora establezca otra fecha de celebración del evento o espectáculo. En este caso, es recomendable prestar especial atención a las comunicaciones que las empresas organizadoras realicen en sus páginas web, redes sociales, etc., todo ello con el objeto de contar con la información lo más actualizada posible. En este caso, la persona usuaria tendrá el derecho a solicitar de todas formas la devolución del importe de la entrada dado que puede suceder que ya no esté interesada en la nueva fecha propuesta.

Si el evento o espectáculo se celebra en un lugar diferente al del domicilio de la persona consumidora, es habitual la contratación de un alojamiento. En este supuesto, solicitar el reembolso de lo pagado para alojarse será más complicado y habrá que atender a las condiciones generales del contrato y de compra realizadas al contratar el alojamiento, así como a las políticas específicas en cuanto a cancelaciones y devoluciones del establecimiento o de la web donde se hizo la contratación.

Es por ello aconsejable que se comprueben los términos y condiciones de los contratos para comprobar si las circunstancias de cancelación están previstas y los potenciales derechos adicionales que pudiesen asociarse a tales cancelaciones.

Cierre de establecimientos de ocio o suspensión de actividades.

Si por motivos de expansión del coronavirus se produce el cierre o suspensión temporal de actividades que son abonadas de manera periódica (gimnasios, actividades extraescolares, academias, comedores escolares, etc.) existirá el derecho de la devolución de las cantidades prorrateadas por el tiempo que dure el cierre o suspensión.

Seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria.

En cuanto a la cobertura médica de eventos derivados de la situación generada por el coronavirus, se recomienda que las personas con pólizas suscritas de seguro de enfermedad y de asistencia sanitaria comprueben los términos y condiciones concretas del oportuno contrato suscrito con la compañía aseguradora.

En los supuestos de controversias, se podrá presentar la oportuna reclamación ante la compañía aseguradora.